Términos y Condiciones para la prestación de servicios de Mensajería y Paquetería vinculante entre usted (El depositante o remitente) que en lo sucesivo se denominará como “EL CLIENTE” y o su nombre comercial EnviUSA que en lo sucesivo se denominará “LA EMPRESA”. El uso de los servicios ofrecidos por “LA EMPRESA” significa que acepta todos los términos y condiciones descritos de la presente ORDEN DE SERVICIO que en lo sucesivo se denominará como “el Envío” sujetándose a las siguientes declaraciones y cláusulas. DECLARACIONES
1. “LA EMPRESA” DECLARA: A) Que es una empresa legalmente constituida en el territorio nacional mexicano. B) Que dentro de su rubro y objeto social se encuentra el prestar los servicios de Mensajería y Paquetería local, nacional e internacional y todas las actividades anexas y conexas. C) “LA EMPRESA” Manifiesta bajo protesta de decir verdad que el presente contrato no limita a prestar sus servicios a personas físicas y morales ajenas a “EL CLIENTE”.
2. “EL CLIENTE” DECLARA: A) Que es una persona que tiene la capacidad legal de contratar el servicio de envío de mensajería y paquetería objeto del presente contrato. B) Que si actúa en nombre de una organización o entidad tiene la capacidad legal de representarla o de poder vincular el presente contrato a dicha organización. C) Que su nombre y domicilio aparecen en el anverso de este contrato. D) Que es su voluntad en base a las declaraciones anteriores someterse en común acuerdo con “LA EMPRESA”, ajustarse y obligarse en lo que se consignará en las siguientes cláusulas:
PRIMERA. “LA EMPRESA” se obliga para con “EL CLIENTE” a prestarle el servicio como un intermediario de un servicio de correo de terceros, del sobre o paquete según sea el caso, descrito en el anverso de la ORDEN DE SERVICIO (objeto del presente contrato) encomendado por “EL CLIENTE”. Reservándose el derecho de aceptar o no “el Envío” por sus dimensiones, peso, destino o contenido no pueda ser transportado por el transportista seleccionado.
SEGUNDA.
“EL CLIENTE” se obliga para con “LA EMPRESA”: 2.1. A pagar a la “LA EMPRESA” en el mostrador de origen la tarifa y los impuestos del servicio aplicables. 2.2. Proporcionar información de registro exacta, completa y actualizada de los campos requeridos en el anverso (Datos del remitente, dirección de entrega, contenido y su valor comercial, tipo de servicio y todas las características de su envío) a fin de contar con los elementos suficientes para garantizar su entrega en destino, por lo que la mala entrega, no entrega o demora por haber registrado mal los datos del destinatario, por domicilio cerrado o no encontrarse el consignatario al momento de la visita para la entrega de “el Envío”, es responsabilidad de “EL CLIENTE”. 2.3. Para efectos del presente contrato se entiende que “EL CLIENTE” es propietario de “el Envío” dentro del territorio Nacional de origen, hasta
que este llegue, sea recibido o se encuentre en su lugar o nación de destino se considera al consignatario el propietario del envío mencionado. 2.4. Proporcionar a LA EMPRESA el embalaje exterior e interior resistente que permita que su contenido resista el trasporte de paquetería. 2.5. A sacar en paz y a salvo a “LA EMPRESA” así como a su personal, representantes, transportistas de cualquier reclamación o responsabilidad que surja por el contenido de “el Envío” y a pagar contra la presentación de simple recibo los daños y perjuicios en que se haya incurrido.
TERCERA.
“EL CLIENTE” en este contrato reconoce y acepta que: 3.1. Para la prestación del servicio objeto de este contrato, “LA EMPRESA” elegirá de acuerdo a su experiencia, los medios de transporte que juzgue necesarios para organizar la conducción del envío desde su origen hasta su destino. 3.2. “LA EMPRESA” tiene derecho, más no la obligación de inspeccionar el contenido del envío, debiendo para ello exigir a “EL CLIENTE” la apertura y reconocimiento. Y si este, previo requerimiento rehusare u omitiere la diligencia, “LA EMPRESA” quedará libre de cualquier responsabilidad sobre el referido envío. 3.3. “LA EMPRESA” o el transportista tendrá el derecho de retener “el Envío” cuando “EL CLIENTE” le adeude cargos por el servicio contratado sin perjuicio de que este deduzca las acciones que le correspondan. 3.4. Que “LA EMPRESA” no es responsable de la exactitud, puntualidad o
integridad de la información que “EL CLIENTE” o cualquier persona relacionada directa o indirectamente con el Envío pueda obtener por la interacción directa por el Courier (Transportista) seleccionado para el Envío. 3.5. Acepta que “LA EMPRESA” no tendrá ninguna responsabilidad con respecto a los actos, omisiones, errores, declaraciones, garantías, incumplimiento o negligencia de cualquier Transportista u otro tercero o por cualquier lesión personal, muerte, daño a la propiedad u otros daños o gastos que resulten en cualquier forma de sus interacciones con cualquier Transportista. 3.6. Que necesariamente se debe incluir el valor declarado total en la guía y el valor de cada artículo que se envíe en la guía referencia. El valor total de “el Envío” no debe sobrepasar de 100 USD (cien dólares de Estados Unidos). 3.7. Que se obliga a los derechos aduanales de los envíos con destino al extranjero que fijen las autoridades correspondientes según sea el caso, el destinatario a pagar los que
se originen en el país de destino. Si el destinatario se negara a hacer esta cobertura, “LA EMPRESA” queda liberada de cualquier responsabilidad tanto por lo que se refiere a la prestación del presunto servicio como a la liberación del envío. 3.8. El Courier o transportista seleccionado para “el Envío” es el único responsable en cumplir los tiempos de entrega en tanto se encuentren en su custodia. 3.9. Si por el contenido del “el Envío” (Medicamento controlado o de fácil adquisición en el país destino, alimentos sin regulación sanitaria, objetos extraños o prohibidos) es sujeto a revisión Aduanera o por autoridades sanitarias de cada país, “el Envío” podrá presentar demora indefinida en la entrega o dependiendo del caso la destrucción o abandono de “el Envío” perdiendo cualquier tipo de garantía o reclamación a “LA EMPRESA”. 3.10. Se limita a utilizar los servicios que ofrece “LA EMPRESA” para su reventa a terceros como una actividad mercantil adicional de su negocio a menos que
exista consentimiento por escrito a solicitud por “EL CLIENTE” y autorización de “LA EMPRESA”.
CUARTA.
“LA EMPRESA” Asume como responsabilidad máxima por el envío el equivalente al importe de hasta cinco (5) tantos el salario mínimo general diario vigente en México, en la fecha que esta haya recibido y documentado el Envío en el lugar de origen del servicio. Si el envío sufre, por causas imputables a “LA EMPRESA” pérdida total, daños o menoscabos, ésta obligación la cumplirá cubriendo el costo de la reparación o en su caso de la reposición del efecto dañado o perdido, debiendo para ello “EL CLIENTE” justificar a “LA EMPRESA” los gastos de reparación o de reposición con los comprobantes respectivos. Si los efectos contenidos en el Envío se dañan o pierden por inapropiado empaque o embalaje, “LA EMPRESA” no asume responsabilidad alguna para con “EL CLIENTE”, siempre y cuando ello no sea imputable a “LA EMPRESA”. Si el envío sufre pérdida o menoscabo en tanto “el Envío” se
encuentre en tránsito y custodia por el Courier seleccionado “EL CLIENTE” tendrá derecho a la indemnización que reciba “LA EMPRESA” por parte de la línea transportista en los términos y condiciones que el Courier transportista señalen para el cumplimiento de su obligación.
QUINTA.
“LA EMPRESA” acepta que de no cumplirse con los plazos de entrega de “el Envío” en su destino por causas imputables al transportista seleccionado por “EL CLIENTE” sin tomar en cuenta la sugerencia de “LA EMPRESA”, a petición escrita de “EL CLIENTE”, “LA EMPRESA” ayudará a realizar las gestiones necesarias para reclamar la indemnización a “EL CLIENTE” siempre que el courier dentro de sus términos y condiciones tenga una garantía por incumplimiento de entrega. Si la causa de incumplimiento es imputable a “LA EMPRESA”, esta le proporcionará gratuitamente un servicio adicional entre las mismas ciudades y hasta por el mismo peso de “el Envío” demorado. El servicio de cortesía no podrá ser transferible y deberá utilizarse dentro de doce meses contados a partir de la fecha en que “LA EMPRESA” recibió y documentó el Envío demorado a menos que el Courier establezca otro límite
para el uso del servicio de garantía.
SEXTA. Ambas partes en este contrato convienen, que en el supuesto caso de que el Envío se pierda, dañe o bien, que se entregue con demora en su destino, en ninguno de estos casos y por ningún motivo “LA EMPRESA” será responsable de cualquier perjuicio directo o indirecto causado al Remitente, al Destinatario o a cualquier tercero, incluyendo en ellos, sin limitación alguna, pérdidas de ventas, de ganancias, de intereses, de utilidades esperadas, de pérdidas de mercado, etc., en todo caso, ambas convienen en que las responsabilidades máximas que “LA EMPRESA” asume son exclusivamente las previstas en la cláusula 4ª. Primer párrafo, y 5ª.
SEPTIMA. Las partes convienen en que “LA EMPRESA” no será responsable de pérdidas, daño, mala entrega o entrega demorada por: A) causa de fuerza mayor o de caso fortuito. B) por actos o disposiciones de cualquier autoridad gubernamental. C) por incorrecta o incompleta información del domicilio del Destinatario que no sea imputable a “LA EMPRESA”. D) por daño eléctrico, magnético, borradura o cualquier otro daño a imágenes electrónicas, fotografías o grabados de cualquier tipo. D) Utilizar El Remitente un embalaje o empaque insuficiente o inadecuado para la naturaleza del contenido de El Envío.
OCTAVA.
“LA EMPRESA” no acepta recibir envíos que contengan dinero, instrumentos o títulos negociables, joyas, antigüedades, metales preciosos, piezas de obra de arte, piedras preciosas o semipreciosas, carbones o diamantes industriales, licores, aguardientes y vinos, armas de fuego, explosivos, plantas y animales, materiales obscenos, ofensivos o denigrantes, bienes o efectos restringidos por las leyes o por las disposiciones administrativas federales, locales, Internacionales y/o por la “IATA”, incluyendo materiales peligrosos en su manejo, tales como aquellos que son corrosivos o inflamables, efectos de fácil descomposición y aquellos que despojan malos olores, así como tampoco artículos de procedencia extranjera que no se encuentren legalmente amparados con la documentación que acredite su legal internación al país, debiendo adjuntar en su caso, al Envío el original o
copia certificada notarialmente de la misma.
NOVENA. Cualquier reclamación a “LA EMPRESA” por pérdida parcial o daño en los efectos contenidos en el Envío deberá hacerla el Destinatario al momento de su recepción, en caso de extravío del Envío, el Remitente deberá presentar su reclamación por escrito a “LA EMPRESA” dentro de un término de veinte (20) días contados a partir de la fecha en que entregó a “LA EMPRESA” el Envío. Las reclamaciones deberán ser enviadas al Departamento de Atención a Clientes al correo atencionaclientes@enviusa.com o al domicilio en Calzada Arnulfo Ávila 247, Col. Morelos, Morelia, Michoacán., CP. 58030. El Destinatario al recibir el Envío firmará de conformidad cuando corresponda, en caso de no estar de acuerdo con el mismo, podrá efectuar su reclamación al momento.
DECIMA.
“LA EMPRESA” le ofrecerá a “EL CLIENTE” un seguro por un 5% del valor a declarar más IVA, que cubra su envío contra riesgos por daños o pérdidas materiales causados a los bienes directamente por incendio, rayo y explosión, así como por caída de avión, colisión o volcadura de vehículo de transporte empleado, robo total del embarque, robo con violencia y/o asalto perpetrado por personas que: dejen señales visibles de violencia en los empaques y/o medios de transporte, mediante el uso de la fuerza o violencia moral o física sobre las personas encargadas del transporte o custodia de los bienes. Robo parcial.- Cubre los bienes asegurados contra la falta de entrega del contenido de uno o más bultos por robo con violencia y/o asalto perpetrado por personas que dejen señales visibles de violencia en los empaques y/o medios de transporte. Riesgos excluidos.- Aprobado de bienes
por personas facultadas para tener posesión de los mismos, fraude, dolo o mala fe, abuso de confianza o robo en el que participe directamente el Asegurado, sus funcionarios, empleados, socios dependientes o beneficiarios que actúen solos o en complicidad con otras personas, la naturaleza perecedera inherente a los bienes, la demora o pérdida de mercado, aun cuando sea causada por riesgo amparado; robo o faltante descubiertos al efectuar inventarios, o cualquier daño o falla que sea detectado posteriormente a la entrega de los bienes en la bodega de su destino final o donde haya terminado la cobertura, falta o deficiencia del empaque o embalaje perdida ordinaria de peso o volumen de los bienes asegurados o mermas imputables a las propias características de dichos bienes, falta de marcas o simbología internacionalmente aceptada que indique la naturaleza frágil o medidas de precaución para el transporte de los bienes, confiscación, destrucción o rechazo de los bienes por parte de
autoridades sanitarias, aduaneras o de otro tipo legalmente reconocidas, reacciones nucleares, radiaciones o contaminación radioactiva, huelguistas o personas que tomen parte de paros, disturbios de carácter obrero o alborotos populares, guerra, Extravío, robo, faltantes o cualquier daño que sea detectado después de la entrega de la mercancía cuando haya terminado la duración del seguro. Para la reclamación del seguro deberá presentarse la documentación que al momento le sea exigida que deberá mostrar fehacientemente por medio de facturas originales a su nombre. Deducible: En caso de robo total o parcial, “EL CLIENTE” deberá pagar el 25% del bien asegurado, como deducible a “LA EMPRESA”. Monto máximo del seguro de transporte por envío: $5,000.00 Pesos Mexicanos por envío.
DECIMA PRIMERA. En caso de presentarse inconformidad respecto a la interpretación, aplicación o ejecución de este contrato, las partes reconocen la competencia, dentro de la esfera de atribuciones que la ley otorga a la H. Procuraduría Federal del Consumidor, conviniendo además en someterse a la competencia de los Tribunales del Fuero Común y a las leyes que rigen en la Ciudad de Morelia, Michoacán, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que por su domicilio presente o futuro pudiera corresponderles.
LA EMPRESA ofrece las siguientes promociones a EL CLIENTE durante la temporada del “Buen Fin” y del 18 de noviembre al 31 de diciembre de 2024: